La RAE y la definición de paraíso fiscal
La Real Academia de la Lengua y el conjunto de las academias iberoamericanas tienen la oportunidad de sustituir la actual definición de paraíso fiscal «País o territorio donde la ausencia o parvedad de impuestos y controles financieros aplicables a los extranjeros residentes constituye un eficaz incentivo para atraer capitales del exterior». Esta definición es errónea. Establece como atractiva una práctica criminal, la de restar recursos al bien común. ¿Es un ‘atractivo’ para la RAE el quitar recursos al bien común que serán sufragados por el resto de contribuyentes?
Creo que la definición más correcta de paraíso fiscal es una guarida para que delincuentes y gentes con posibles que, asesoradas por bufetes cómplices, resten recursos a sus compatriotas, por medio de administraciones y soberanías piratas»
Santiago González Vallejo
Plataforma por la Justicia Fiscal
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