Se ha registrado ante la Comisión Nacional del Mercado de valores (CNMV) un escrito para que figura como Hecho Relevante las omisiones y falsedades a la nota 281169 de CAF sobre la obtención de un concurso realizado por las las autoridades de ocupación israelí sobre ampliación de líneas de tren ligero entre Jerusalén y las colonias sionistas.
En dicho escrito, realizado por el Comité de Solidaridad con la Causa Árabe (CSCA), entidad española sin ánimo de lucro, se pide que se aplique el artículo 234 de la Ley del Mercado de Valores cuando hay omisiones o falsedades en la información suministrada por una empresa que cotiza en Bolsa, por el daño que puede infligir a los inversores.
En la fijación de omisiones, el CSCA señala que el concurso ganado por la empresa CAF y la israelí Shapir Engineering, al extenderse fuera de las fronteras de 1967, reconocidas internacionalmente, vulneran las Convenciones de Ginebra, la Opinión Consultiva de la Corte Internacional de Justicia de La Haya y múltiples Resoluciones de las Naciones Unidas. Además, el actual Código Penal español señala la responsabilidad de las gerencias de las empresas ante conductas irregulares.
Entre las informaciones de CAF que falsean la realidad está la consideración de Jerusalén como una ciudad Israelí cuando, desde el derecho internacional, se considera que la ampliación de sus límites metropolitanos en territorio palestino y Jerusalén Este forman parte de los Territorios Ocupados Palestinos. Incluso hay un reconocimiento implicito por parte israelí en los Acuerdo de Oslo, no respetados por Israel, pero si firmados por la potencia ocupante, cuando reconoce que su estatus final se resolverá en negociaciones de las partes.
La alineación de CAF a la vulneración de las normas internacionales, y a favor de las expropiaciones y expulsiones de familias palestinas, a su expolio y creación de infraestructuras que unen colonias con población desplazada de la potencia ocupante tras una conquista militar, tendrá ‘un efecto sobre su imagen corporativa y actividad empresarial’ señala CSCA en lo que considera debe ser un Hecho Relevante. Estas circunstancias hicieron que otras importantes empresas del sector declinasen participar en el concurso de las autoridades israelíes. La actitud de CAF puede provocar los efectos de ‘litigios administrativos, mercantiles y penales que afectarán, cuanto menos, a su rentabilidad futura.’
De momento, tras desoir a los trabajadores de CAF y a numerosas entidades sociales, la gerencia de CAF persiste en ser socio y explotar de la obra, equipo y operativa del tren de la potencia ocupante. Por su parte CSCA ha pedido que CAF y Shapir entren en la lista de empresas que tienen Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas que favorecen la ocupación israelí en los Territorios Palestinos y ha informado de este extremo a las 181 misiones diplomáticas permanentes de Ginebra para que se trate de excluir a CAF y Shapir de otros concursos internacionales que se celebren en sus países.
Numerosas asociaciones defensoras de los derechos humanos y del derecho internacional están atentas a la inobservancia de respetro al derecho internacional de CAF y a las decisiones de su Consjeo de Administración de obtener dinero a corto plazo, sin advertir las consecuencias de sus decisiones a medio y largo plazo. Continuará.
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